modelo 650

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¿Qué es el modelo 650?

Tras el fallecimiento de una persona, los impuestos sobre sucesiones y donaciones deben pagarse mediante el modelo 650 de autodeclaración de herederos. Las autoridades fiscales deben recibir el pago por cada formulario que se presente. Siga leyendo para conocer la seriedad con la que las autoridades del impuesto de sucesiones consideran este tema.

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Cómo rellenar el modelo 650 o de herencia paso a paso

Debemos pagar uno o varios porcentajes dependiendo de la comunidad autónoma en la que lo solicitemos y de nuestro vínculo con el fallecido. Por ejemplo, Madrid no es similar a Canarias o Andalucía en cuanto al impuesto de sucesiones. El cálculo de la cuantía suele ser bastante complejo, por lo que se aconseja obtener orientación fiscal para asegurarse de que la presentación -que puede hacerse de forma presencial o electrónica- es correcta.

A pesar de denominarse impuesto sobre el patrimonio y las donaciones, el formulario 650 sólo se aplica a situaciones de herencia, es decir, es el impuesto que debemos pagar cuando recibimos una herencia. Además, es importante tener en cuenta que la herencia es siempre opcional y que, si no estamos seguros de su rentabilidad, podemos optar por heredar a beneficio de inventario. Por tanto, para evitar perder dinero con la herencia, sólo heredaremos si el saldo después de pagar impuestos es positivo (cómo pagar menos impuestos es otra cuestión). Para ayudarte a utilizar este formulario sin que te sorprendas, a continuación te ofrecemos tres preguntas y sus respuestas.

¿Qué documentos hay que presentar junto al modelo 650?

Debido a su cantidad y complejidad, Hacienda requiere la presentación de los siguientes documentos para formalizar correctamente este impuesto de sucesiones y donaciones, además de solicitar el modelo 650:

-El certificado de defunción del fallecido.

-Certificado del Registro de Actos de última voluntad.

-Copia de la(s) póliza(s) de seguro de vida o certificación de la aseguradora.

-Copia simple de la escritura si hay un bien inmueble, además de la primera copia. En caso contrario, basta con una fotocopia y el original personal.

-Una copia certificada del testamento, necesaria para la declaración del impuesto de sucesiones.

-Si no hay testamento, testimonio de la declaración de herederos.

-Una copia de los recibos del IBI.

-Un registro de todos los desembolsos y deudas que se quieran deducir.

Participaciones en el patrimonio, saldos bancarios y otras partidas financieras.

Etiquetas que identifiquen a cada heredero y al fallecido. Si no es así, debe aportarse una copia del NIF de cada persona, incluido el fallecido.

¿En qué plazo hay que presentar el formulario 650?

El plazo para presentar este formulario de declaración de la herencia es de seis meses desde el fallecimiento del difunto. Hay que tener en cuenta que cada persona que vaya a recibir una herencia debe presentar su propio trámite.

Puede descargar y/o presentar el modelo 650, Herencias y Donaciones, de la Agencia Tributaria en el siguiente enlace.

Otros modelos que podrían requerirnos

Para el pago del impuesto de sucesiones, además del modelo 650, puede que necesitemos presentar otra serie de modelos:

El modelo 660 de declaración de bienes; se añade al modelo 650 y enumera los bienes que componen el patrimonio del difunto. No sólo hay que enumerar todos los bienes, sino también cada persona que formará parte de la herencia y que posteriormente deberá rellenar el formulario 650 por separado.

-El modelo 652, a menudo conocido como seguro de vida, es el documento utilizado para reclamar los beneficios del seguro de vida del difunto.

-Cuando sea necesaria la autoliquidación tras la extinción del usufructo, deberá presentarse el modelo 653 o de Consolidación de la Propiedad.

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