¿Qué es el modelo 037 de Hacienda?
El modelo 037 de la AEAT es una versión simplificada del modelo 036 en el que el contribuyente comunica a la administración tributaria su inscripción en el censo de comerciantes, autónomos y retenedores, así como las modificaciones o bajas de dicha inscripción.
¿Quién tiene que presentar el modelo 037?
Las personas físicas que cumplan las siguientes condiciones podrán utilizar el modelo censal simplificado 037 para solicitar el alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores:
- Viven en España.
- Tengan su número de identificación fiscal (NIF).
- No tengan la condición de gran empresa
- No actúen a través de un representante
- Su domicilio fiscal coincida con el de la gestión administrativa.
- No están incluidos en los regímenes especiales del IVA, salvo en el régimen simplificado, en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, o en el régimen especial del recargo de equivalencia o en el régimen especial del criterio de caja.
- No figuran en el registro de operadores intracomunitarios ni en el registro mensual de devoluciones.
- No realizan adquisiciones no sujetas a IVA según lo previsto en el artículo 14 de la Ley del IVA.
- No realizan ventas a distancia
- No están sujetos al impuesto sobre el consumo ni al impuesto sobre las primas de seguros.
- No tributan por rendimientos del capital mobiliario.Asimismo, los contribuyentes que sean personas físicas residentes en España y no sean grandes empresas podrán informar de las siguientes modificaciones mediante el modelo 37 de declaración censal simplificada:
- Hogar a efectos fiscales y de notificación (casillas 122 y 124)
- Otros datos de identificación (casilla 125)
- Datos sobre actividades económicas y locales (casilla 127)
- Datos relativos al Impuesto sobre el Valor Añadido, si tributan en el Régimen General o en alguno de los regímenes especiales de Recargo de equivalencia, simplificado o agrícola, ganadero y pesquero o de caja. (casilla 131)
- Modificación de los datos del IRPF (casilla 132)
- Datos relativos a las retenciones e ingresos en función de los rendimientos del trabajo personal, de las actividades profesionales, agrícolas, ganaderas, forestales o de otras actividades económicas, de los premios, de determinadas imputaciones de renta, de los rendimientos del alquiler o del subarrendamiento de inmuebles urbanos o de determinadas ganancias patrimoniales. (casilla 136)
Quienes dejen de realizar todo tipo de actividades empresariales o profesionales, o que, por cualquier otro motivo, no deban ser incluidos en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, deberán presentar una declaración de baja con el modelo 037 de la aeat.
¿Cuándo hay que presentar el modelo 037?
La declaración de alta del inicio de la actividad deberá comunicarse antes de iniciar las correspondientes actividades, realizar la operación o cuando surja la obligación de retener o ingresar a cuenta de los ingresos generados.
Las modificaciones de carácter general se comunicarán en el plazo de un mes desde que se produzcan los hechos que determinan su presentación.
El cese de la actividad deberá notificarse en el plazo de un mes desde el cumplimiento de las condiciones para el cese de la actividad.
La declaración de baja en el censo de empresarios por fallecimiento del contribuyente deberá notificarse en el plazo de seis meses desde el fallecimiento del contribuyente, debiendo los herederos presentar la declaración de baja y comunicar a terceros el cambio de titularidad de los derechos y obligaciones con trascendencia tributaria.
Cómo rellenar el modelo 037 de Hacienda
El formulario tiene tres páginas. En la primera página se encuentran los datos de identificación, el motivo de la inscripción (alta, modificación o baja), la dirección fiscal, la dirección de entrega y la firma. Adjunte una placa de identificación si dispone de ella. En caso contrario, en el momento de la presentación, deberá adjuntar al formulario una fotocopia del documento que confirme el número de identificación fiscal del declarante.
Cuando rellene los campos de alta, modificación y baja, la declaración le indicará las páginas que debe rellenar, ya que sólo deberá rellenar los campos que contengan información nueva o modificada.
En la página 2, se accede a la información del IRPF. Aquí es donde nos damos de alta o de baja en la obligación de realizar pagos a cuenta del IRPF (casillas 602 o 603, según sea derivado de una actividad económica o como miembro de una entidad en régimen de atribución de rentas), el Método de Valoración del IRPF (casillas 616, 618 y 650 según sea una valoración objetiva o una valoración directa normal o simplificada).
En la página 3 se informa sobre la obligación de practicar retenciones o ingresos a cuenta (modelo 111 o modelo 115), sobre los rendimientos del trabajo (casilla 700), sobre las actividades profesionales (casilla 701) o sobre los alquileres (casilla 702).
En el apartado 6 se informa de la actividad en la que se está dado de alta, el código de actividad económica en el que se está dado de alta y el lugar en el que se desarrolla la actividad (fuera de los locales o en locales específicos) y, si se dispone de locales, también se deben dar de alta aquí, indicando su referencia catastral, dirección y grado de utilización para la actividad económica que se desarrolla en ellos.
Una vez cumplimentado, pulsamos el botón «VALIDAR«, y si no hay errores de cumplimentación, recibiremos un PDF para imprimir.
Si seleccionamos «cumplimentación y presentación en línea» podemos presentar la declaración directamente utilizando un certificado o código PIN válido o un sistema de firma con código de acceso.
Dado que el modelo 037 es un modelo 036 simplificado, todos estos apartados se pueden ver con más detalle en el documento informativo del modelo 036.
Podrá presentarse físicamente en papel impreso, bien obteniendo un impreso en formato PDF a través de SEDE ELECTRÓNICA en www.aeat.es (previa cumplimentación y validación), o bien en papel preimpreso facilitado por la Agencia Tributaria. En estos casos, la declaración de la renta se presentará en las oficinas de la administración tributaria correspondientes al domicilio fiscal, bien acudiendo a ellas directamente o por correo certificado.
También se puede presentar por vía electrónica, con un certificado electrónico que requiere que el contribuyente disponga de un Número de Identificación Fiscal (NIF) y esté identificado en el censo de empresarios, profesionales y retenedores antes de presentar el formulario. También se puede presentar electrónicamente con un código PIN o un sistema de firma con un código de acceso en el registro previo como usuario. El sistema sólo puede ser utilizado por personas físicas.