En este artículo le informamos de qué es este formulario 390 anual de IVA, cuándo debe aplicarlo y cómo debe hacerlo para cumplir con las declaraciones trimestrales y así evitar una inspección fiscal.
¿Qué es el modelo 390?
Es la declaración anual de información general de las declaraciones del IVA la que se presenta en este formulario. Por lo tanto, es el equivalente anual del modelo 303, que se presenta al final de cada ejercicio.
Aunque es obligatorio para los autónomos y las pequeñas y medianas empresas acreditar la vinculación con los modelos anuales a través de este resumen anual, no hay ningún coste asociado a este documento porque sólo tiene carácter informativo.
Si no se está especializado en este tipo de trámites, lo mejor es encargarlo a un servicio de asesoramiento, ya que el desglose de los modelos trimestrales y anuales puede dar lugar a una inspección fiscal, lo que supondrá una sanción si no se hace correctamente.
¿Quién debe presentar el modelo 390 de hacienda?
Las mismas personas que presentarían el formulario 303 del IVA. Esta declaración anual de información se extiende a cualquier especialista o empresario que realice una operación sujeta a IVA, independientemente de los resultados de la declaración.
¿Cuándo se presenta el modelo 390 de IVA?
El calendario fiscal de esta declaración informativa anual no da lugar a dudas. La fecha límite para enviar una revisión anual del IVA, con el formulario 390 de aeat, será del 1 al 30 de enero del año siguiente al ejercicio económico.
Instrucciones para presentar el modelo 390
Se puede presentar a través de un certificado electrónico personal, o a través de un código PIN. Gracias al certificado digital, puede enviar el formulario del IVA 390 electrónicamente a la Oficina de Impuestos. En esta tarea, haber rellenado correctamente el modelo 303 de antemano será de gran ayuda.
Tendrá que tener en cuenta los siguientes datos al rellenar el modelo 390 de hacienda:
- Valores entre la base imponible y el valor de la obligación del IVA
- Tasa de IVA: 4 por ciento, 10 por ciento o 21 por ciento
- La fuente de ingresos o gastos (ya sea nacional, de la UE o extra UE).
- Diferenciar entre el gasto corriente y el de inversión.
Si se han recogido todos estos datos, tendremos que rellenar cada una de las secciones de la estructura del modelo 390:
- Los datos de identificación del sujeto. El NIF y el nombre de la persona o empresa autónoma para la que se hace la declaración. Si se encuentra en una de las clases excluidas debe tenerse en cuenta aquí.
- Devengo. Se expone si la declaración es sustitutiva y el ejercicio. Incluimos el número de referencia del que se sustituye en esta situación.
- Datos estadísticos. Seleccione el IAE o código numérico al que se refiere la operación correspondiente.
- Los datos del representante. A rellenar sólo si actúa en nombre de un tercero.
- IVA a pagar. En esta sección se introduce el IVA acumulado, es decir, los ingresos por su tra
bajo, desglosados por la forma de operación realizada en el marco del Régimen General y el tipo de IVA que le es aplicable.
- IVA deducible. Tienes que hacer lo mismo para el IVA deducible (gastos) de las operaciones realizadas después del devengo. Los resultados de la estimación del importe de todo el IVA deducible y la disparidad entre el IVA acumulado y el deducible se pueden encontrar aquí.
- Resultado anual de la liquidación. A cumplimentar por los autónomos que paguen los impuestos de la Administración del Estado (excepto para Navarra y el País Vasco).
- Impuestos por motivos administrativos. Los sujetos pasivos que paguen impuestos en la administración del Estado y en algunas administraciones regionales de Navarra o del País Vasco deberán rellenar el formulario 390.
- Los resultados de la liquidación. Aquí se distinguen dos apartados, uno para las veces que no están sujetas a tributación en el Régimen Especial de la Comunidad de Organismos, y el otro para los profesionales y empresarios que son miembros de dicho Régimen.
- Volumen de operaciones. Es el monto acumulado de los ingresos según las operaciones realizadas.
- Operaciones únicas. Si ha realizado operaciones especiales, independientemente de si lo ha hecho previamente, debe detallarlas.
- Prorrata. Tendrás que rellenar esta hoja si aplicas la regla del prorrateo en operaciones con derecho a deducción y sin derecho a deducción simultáneamente o si obtienes algún tipo de subvención.